El 02 de diciembre de 2024, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Reforma sobre la modificación de los párrafos primero y segundo, así como la adición de los párrafos segundo, cuarto y quinto de la fracción XII del apartado “A” del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de vivienda para los trabajadores.
I. Objetivo.
La Reforma establece que las empresas involucradas en los sectores Agrícolas, Industriales, Mineras o de cualquier otro sector, están obligadas a proporcionar viviendas adecuadas a sus trabajadores, cumpliendo con esta obligación a través de contribuciones a un Fondo Nacional de Vivienda. Esto busca garantizar que los trabajadores tengan acceso a condiciones de vivienda dignas, mediante un sistema de financiamiento sostenido por las aportaciones empresariales.
El Fondo Nacional de Vivienda tendrá la responsabilidad de establecer un sistema de vivienda con orientación social que facilite el acceso a créditos accesibles para la adquisición o mejora de viviendas.
II. Creación de un nuevo organismo.
Se considera de utilidad social la promulgación de una ley para crear un organismo que administre los recursos del Fondo Nacional de Vivienda, compuesto por representantes del Gobierno Federal, trabajadores y empleadores.
Esta ley determinará las formas y procedimientos para que los trabajadores puedan acceder a créditos y viviendas en arrendamiento social.
Es importante destacar que el costo del crédito no podrá exceder el treinta por ciento del salario del trabajador, y se priorizará a aquellos que hayan contribuido continuamente al fondo sin poseer vivienda propia.
III. Plazos en su implementación.
- La Reforma entra en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, es decir, el 03 de diciembre de 2024.
- Adecuaciones a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (“INFONAVIT”). El Congreso de la Unión tendrá un plazo de 180 días naturales para realizar las adecuaciones necesarias contando a partir de la fecha de vigencia de la reforma, incluyendo además un programa de eficiencia operativa que le permita al INFONAVIT reducir costos.