El 1 de octubre de 2018, la Comisión Nacional del Agua (la “CONAGUA”) publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo mediante el cual se establecen los trámites que se presentarán,
atenderán y resolverán a través del Sistema Conagu@-digital (el “Sistema”).
La publicación del Acuerdo ayuda a los interesados en realizar cualquier trámite o gestión frente a la CONAGUA a identificar aquellos procedimientos que podrán realizarse a través del Sistema, así como para conocer los requisitos y horarios para ingresar los mismos. El Sistema busca eficientizar el tiempo de revisión y evaluación de los trámites por parte CONAGUA y entrará en operación a partir de abril de 2019, de conformidad con una modificación al Acuerdo publicada con fecha 17 de octubre de 2018.
Trámites aplicables:
Los trámites que la CONAGUA recibirá, atenderá y resolverá a través del Sistema y cuyos requerimientos y resoluciones se notificarán por medio del Buzón del Agua son los siguientes:
- CONAGUA-01-001 - Permiso de descarga de aguas residuales.
- CONAGUA-01-003-A - Concesión/asignación de aguas nacionales superficiales.
- CONAGUA-01-004-A - Concesión/asignación de aguas nacionales subterráneas.
- CONAGUA-01-006 - Concesión para la ocupación de terrenos federales cuya administración competa a la Comisión Nacional del Agua.
- CONAGUA-01-010-A - Modificación de título o permiso.
- CONAGUA-01-013-A - Transmisión de derechos de título.
- CONAGUA-01-021 - Prórroga de título y/o permiso.
- CONAGUA-02-002 - Permiso para realizar obras de infraestructura hidráulica.
Información relevante para el ingreso y seguimiento de trámites a través del Sistema:
- La CONAGUA efectuará las notificaciones electrónicas de cualquier acto administrativo o resoluciones a solicitudes de cualquiera de los trámites antes referidos a través del Buzón del Agua.
- Para la presentación de solicitudes y avisos de los trámites, el promovente deberá aceptar el uso del Buzón del Agua para el envío, recepción y notificación de documentos digitales emitidos en la atención y resolución del trámite que corresponda.
- Las solicitudes, avisos, respuestas a requerimientos o cualquier tipo de escrito que presenten los promoventes ante la CONAGUA respecto de los trámites antes referidos, deberán realizarse a través de documentos digitales y contener la firma electrónica avanzada del promovente.
- Cuando se trate de actos que generen efectos jurídicos o que puedan ser recurridos, las notificaciones electrónicas de atención y resolución por parte de la CONAGUA se harán a través de mensaje de datos con acuse de recibo en la cuenta individual del promovente en el Buzón del Agua.
- El promovente contará con 3 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a aquél en que le sea depositado el documento en su cuenta individual del Buzón del Agua, para abrirlo. En caso de que no abra el documento dentro de dicho plazo, la notificación electrónica se tendrá por realizada al cuarto día hábil.
- El Buzón del Agua se regirá conforme al huso horario de la Zona Centro de México, de conformidad con la Ley del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos.
- La impresión de cualquier documento digital generado por la CONAGUA a través del Sistema, surtirá los efectos jurídicos de un documento original o copia certificada, siempre y cuando contenga el código de respuesta rápida (código QR), el código seguro de verificación (CSV), cadena original del sello digital de la CONAGUA, cadena original de la firma electrónica avanzada del autor y firma electrónica avanzada del autor, y tales elementos electrónicos de seguridad correspondan con el documento digital original.